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Sorteo de Navidad – Bases legales

BASES LEGALES DEL SORTEO

Las presentes bases legales establecen las condiciones de participación en un sorteo con combinación aleatoria (en adelante, el “Sorteo”), que se desarrollará dentro del período indicado en el punto siguiente. Esta actividad tiene fines exclusivamente publicitarios y promocionales, orientados a difundir y fortalecer el conocimiento de la marca, sus productos, así como los valores y principios que representa la entidad organizadora.

El Sorteo, será difundido a través de la cuenta oficial de Instagram “@strohmteka” de la entidad Strohm Bathroom Solutions S.A. (en adelante, “Strohm”), con N.I.F. número A07005473, domiciliada en la Calle Ses Teixidores 19 – Polígono Llaüt Santa María del Camí, 07320 – Islas Baleares, quien pone a disposición de los usuarios de internet las presentes bases legales del Sorteo.

La participación en este Sorteo permitirá optar a ganar un lote de productos de la marca Strohm, de conformidad con lo dispuesto en los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases Legales.

1.- SOBRE LA DURACIÓN, FECHA DE CELEBRACIÓN DEL SORTEO Y EL ÁMBITO TERRITORIAL.

La participación quedará abierta a todas aquellas personas que participen en el Sorteo entre el 1 y el 12 de noviembre de 2025, ambos inclusive. La validez del Sorteo se circunscribe al territorio español.

El Sorteo se celebrará el 13 de noviembre de 2025, y los resultados serán comunicados a la persona ganadora conforme a lo establecido en las presentes Bases Legales.

2.- SOBRE LAS CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Y REQUISITOS DE ACCESIBILIDAD.

Tendrán la condición de participantes (en adelante, los “Participantes”) todas aquellas personas físicas, mayores de edad y que residan en el territorio español, que hayan participado en el Sorteo cumpliendo el siguiente procedimiento:

  1. Seguir la cuenta de @strohmteka.
  2. Dar «Me gusta» a la publicación del Sorteo.
  3. Poner un comentario mencionando a una persona.

Los Participantes podrán acumular cuantas participaciones quieran siempre y cuando mencionen a personas diferentes en la foto indicada.

No se considerarán válidas las participaciones que mencionen a personajes públicos o cuentas de celebridades.

La participación en el Sorteo implica la aceptación, íntegra e incondicional de las presentes bases.

El Participante puede acceder al contenido de las bases que rigen la presente promoción en la página web “https://strohm-teka.com/en/” de Strohm.

3.- SOBRE LAS EXCLUSIONES A LA PARTICIPACIÓN.

Quedan excluidos de la participación del Sorteo los menores de edad, y quienes tengan reducida sus capacidades intelectuales o volitivas, las que tengan adicción al juego o se encuentren incapacitadas legal o judicialmente

No podrán participar quienes no cumplan con cualquiera de los requisitos establecidos en las presentes bases para el acceso a la promoción, teniendo derecho Strohm a excluir del Sorteo a quienes no cumplan con los requisitos de acceso al mismo establecido en las presentes Bases.

Strohm no se hace responsable de los datos falsos, inexactos, obsoletos, incompletos o erróneos consignados o facilitados por los Participantes.

Serán retirados aquellos usuarios que hagan mal uso de la promoción, realicen actos fraudulentos o que perjudiquen a otros Participantes. En este sentido, Strohm se reserva el derecho a anular   la inscripción y los derechos de participación e incluso de retirar el premio de forma automática a todos aquellos Participantes que se hayan beneficiado de forma directa o indirecta de este tipo de actuaciones fraudulentas, pudiendo además ejercer todas las acciones civiles o penales que en derecho pudieran corresponder a Strohm.

4.- SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS GANADORES.

La elección del ganador se llevará a cabo mediante el siguiente procedimiento:

  • El día 20 de noviembre se realizará un sorteo aleatorio entre todas las participaciones válidas recibidas conforme a lo explicitado en la Cláusula Segunda, utilizando una herramienta gratuita disponible en internet que determinará el nombre de la persona ganadora de forma aleatoria.
  • Serán elegidos un (1) ganador y dos (2) suplentes.
  • En caso de que el ganador no cumpla con alguna de las condiciones establecidas en el presente sorteo o no acepte el premio, el premio que le hubiera correspondido se asignará al primer suplente y, en su defecto, al segundo suplente.
  • Si ninguno de los seleccionados cumpliera las condiciones o aceptara el premio, se procederá a realizar un nuevo sorteo en los mismos términos hasta que se designe un ganador válido.
  • El nombre del ganador se anunciará mediante una publicación en la cuenta oficial de Instagram de Strohm (@strohmteka), pudiendo publicarse también en cualesquiera otras redes sociales oficiales de la marca.

5.- SOBRE EL MEDIO O PROCEDIMIENTO DE CONTACTO DE LOS GANADORES.

El procedimiento de contacto de los ganadores será el siguiente:

Se anunciará a los ganadores a través de la cuenta de Instagram de Strohm (@strohmteka). Para poder recibir el premio satisfactoriamente deberá acreditar su mayoría de edad y verificar su identidad.

Si no se pudiera contactar con el ganador en el plazo de diez (10) días, el premio que le hubiere correspondido se le asignará al suplente en los términos indicados.

6.- SOBRE LA DESCRIPCIÓN DE LOS PREMIOS Y CONDICIONES DE DISFRUTE.

PREMIO: Un lote de productos de la marca Strohm

Valoración estimada: TRECIENTOS EUROS (300,00€)

El valor total de esta acción promocional asciende, aproximadamente, a TRECIENTOS EUROS (300,00€) y no es transferible ni canjeable por su importe en metálico, ni por cualquier otro producto o servicio.

Para poder disfrutar del premio en las condiciones establecidas en las presentes bases, es condición indispensable que, previamente a su entrega y siempre dentro del periodo de validez establecido en estas bases, el ganador acepte de forma expresa el premio, firmando la correspondiente carta de aceptación del premio que se le facilitará al efecto en el plazo oportuno.

A tal efecto, Strohm contactará con el ganador a través de la cuenta de Instagram a través de la cual haya participado en el Sorteo, siendo responsabilidad exclusiva del participante que dicha cuenta se encuentre operativa.

El agraciado deberá enviar la carta de aceptación del premio debidamente formalizada mediante correo electrónico a Strohm en el plazo de setenta y dos (72) horas desde la comunicación. En caso contrario, Strohm podrá asignar el premio correspondiente al suplente.

7.- SOBRE LA FISCALIDAD DE LOS PREMIOS.

A los premios recogidos en las presentes bases les serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación española en vigor.

A los premios de la presente promoción le serán de aplicación la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las   Personas   Físicas,   así   como   el   Real   Decreto   39/2007,   de   30   de   marzo,   por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego; Real Decreto 3059/1966 de   1   de diciembre, por el que se aprueba el Texto   Refundido   de   Tasas   Fiscales   y   demás disposiciones concordantes y dictadas en su   desarrollo   por   lo   que,   en   su   caso, corresponderá́ a Strohm la realización del ingreso a cuenta correspondiente o bien la práctica de la retención procedente en su caso.

En todo caso se informa a los Participantes de que, a efectos de su tributación en el impuesto del IRPF, el premio concedido tiene la consideración de ganancia patrimonial no derivada de la transmisión de elementos patrimoniales a integrar en la base general del impuesto.

8.- INFORMACIÓN RELATIVA A PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

Strohm se compromete a cumplir con lo establecido en la normativa de protección de datos de carácter personal aplicable en cada momento (en adelante, «Normativa Aplicable de Protección de Datos»). Entre otras, las Partes deberán cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de derechos digitales 3/2018 (en adelante «LOPDGDD»), así como, con el Reglamento de la UE 2016/679 sobre la protección de las personas naturales en relación con el tratamiento de datos personales («RGPD«) y aquella normativa o regulación que sustituyera o modificara a cualesquiera de las anteriores en el futuro.

Responsable del tratamiento:

Datos de contacto del responsable: Strohm Bathroom Solutions S.A.U., con N.I.F. número A07005473, domiciliada en la Calle Ses Teixidores 19 – Polígono Llaüt Santa María del Camí, 07320 – Islas Baleares.

Strohm únicamente tratará el nombre, apellido o, en su caso, cuenta de Instagram de los Participantes, con fines relacionados con el Sorteo, específicamente para:

  • Comunicar y gestionar el premio, en caso de que el Participante resulte ganador;
  • Difundir los datos del premiado en diferentes redes sociales o medios, con el fin de dar a conocer los resultados del sorteo y promover los principios y valores de Strohm.
  • Realizar la retención fiscal correspondiente, si el ganador está sujeto a dicha retención de acuerdo con la legislación fiscal vigente.

La base jurídica que nos autoriza a realizar estos tratamientos es el consentimiento expreso del ganador, obtenido mediante la aceptación de las bases legales del sorteo, conforme al artículo 6.1 a) del Reglamento General de Protección de Datos.

Mantendremos sus datos personales durante el tiempo en que el Sorteo esté en vigor y tras la correspondiente aceptación y entrega del Premio. Tras su conclusión, mantendremos tus datos bloqueados durante los plazos de prescripción de las obligaciones que hayan podido nacer del tratamiento y/o los plazos legales aplicables, quedando a disposición de las autoridades competentes, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento.

Podrá ejercitar sus derechos gratuitamente, en cualquier momento, dirigiendo una comunicación a Strohm (incorporar dirección) o enviando una solicitud electrónica, a través de la dirección electrónica a [email protected], indicando el derecho que desea ejercitar junto con sus datos identificativos.

Concretamente, podrá ejercer los siguientes derechos:

  • Acceso: Consultar tus datos personales incluidos en los ficheros de la Strohm (Art.15 RGPD).
  • Rectificación: Modificar tus datos personales cuando sean inexactos o incompletos (Art.16 RGPD).
  • Supresión: Solicitar la eliminación de tus datos personales cuando ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos, entre otros motivos (Art.17 RGPD).
  • Oposición: Oponerte al tratamiento de tus datos personales (Art.21 RGPD).
  • Limitación del tratamiento: Solicitar la limitación del uso de tus datos (Art.18 RGPD):
  • Portabilidad: Recibir tus datos personales en un formato electrónico estructurado y de uso común, así como transmitirlos a otra entidad, siempre que sea técnicamente posible (Art.20 RGPD).

Igualmente usted tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, bien a través de la sede electrónica de su portal web (www.agpd.es), o bien mediante escrito dirigido a su dirección postal (c/ Jorge Juan, 6, 28001 – Madrid).

9.- SOBRE LA AUTORIZACIÓN A PUBLICITAR EL NOMBRE DE LOS GANADORES.

La participación en el Sorteo implica la autorización expresa por parte del ganador a utilizar publicitariamente su nombre, apellidos y nombre de usuario de Instagram, en las redes sociales de Strohm y en su página web a los efectos de dar a conocer a el ganador del Sorteo. La negativa a que sean publicados implicará la pérdida del derecho al premio por parte del ganador.

10.- SOBRE LA POSIBILIDAD DE PROCEDER A FORMULAR UNA RECLAMACIÓN.

El plazo máximo para formular cualquier reclamación relativa al presente Sorteo será de un (1) mes, contando desde la fecha de comunicación del ganador.

11.- SOBRE LA RESPONSABILIDAD.

Strohm quedan exoneradas de cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda clase que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad de la página web mediante la cual se participa en el presente Sorteo.

Strohm queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los propios agraciados que impidiera su identificación.  

Se entenderá, a título enunciativo, pero no limitativo, que se produce fraude, cuando se detecte que existe suplantación de identidad a la hora de acceder al Sorteo con datos falsos o de forma ilegítima o mediante el uso de la violencia o cualquier otra acción ilegal.

La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante el Sorteo supondrá la descalificación automática del Sorteo o, así como la pérdida del premio si se le hubiere otorgado.

Strohm se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del Sorteo.

12.- SOBRE LA ACEPTACIÓN DE LAS BASES DEL SORTEO.

La participación en el presente Sorteo implica la aceptación íntegra e incondicional de las presentes bases. Asimismo, los Participantes aceptarán el criterio de Strohmpara la resolución de cualquier cuestión relacionada con las mismas.

En caso de que algún Participante manifieste su negativa a aceptarlas o realice cualesquiera actos contrarios a las mismas, será automáticamente excluido del Sorteo, quedando liberada y exonerada la Strohm de cumplir cualquier obligación contraída con dicho Participante por razón del presente Sorteo.

En caso de fuerza mayor o de que existiera una causa que lo justifique, Strohm se reserva  el derecho a modificar o incluso anular las presentes bases antes de que finalice el período de publicación, comprometiéndose a comunicar con la suficiente antelación cualquier cambio en las mismas o su anulación.

13.- CONSERVACIÓN.

Si cualquier de las condiciones resultara contraria a Derecho, esta circunstancia no afectará al resto de las bases, permaneciendo éstas plenamente vigentes a los efectos oportunos. Strohm se reserva el derecho a cancelar o efectuar cambios en este Sorteo, así como en el premio ofrecido, comprometiéndose a anunciar dicho cambio a través de los medios que considere oportuno, con la mayor prontitud y transparencia.

14.- JURISDICCIÓN.

Las partes acuerdan someterse expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid capital para resolver cualquier controversia que pueda surgir en la interpretación o ejecución de las presentes bases. Por tanto, renuncian expresamente a cualquier otro fuero propio que pudiera corresponder, sin perjuicio de lo dispuesto con carácter imperativo.